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Auto29 de abril de 2011

A- de 2011

Ponente Mauricio González Cuervo

✓Demandante A,b,c Vs Edatel Y Otros·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Pension De Sobrevivientes A Parejas Del Mismo Sexo
  • Contradicción entre jurisprudencia fijada por la Corte Constitucional y posición asumida en sentencia T-051/10
  • Acreditación de unión marital de hecho ante notario
Sistema De Seguridad Social En Salud
  • Afiliación de compañeros y compañeras permanentes
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Mediante el presente auto se hace corrección a la sentencia T-051-10, debe entenderse en lugar de la sentencia T-016-10 la sentencia T-911-09.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. La parte considerativa de la sentencia T-051 de 2010, quedará así:
  2. Esta remisión ha dado lugar a diferentes interpretaciones. Algunas Salas de Revisión de la Corte Constitucional (sentencias T-1241 de 2008 y T-911 de 2009) al igual que varias Administradoras de los Fondos de Pensiones1 han considerado que a la exigencia fijada en la sentencia C-521 de 2007 a la cual remite la parte resolutiva de la sentencia C-336 de 2008 debe dársele una interpretación restrictiva y con sustento en dicha interpretación han negado el derecho de las personas del mismo sexo a acceder al reconocimiento y pago de su pensión de sobreviviente pues al haber muerto uno de los compañeros permanentes, es imposible cumplir con la exigencia de conformidad con la cual ambos compañeros o compañeras permanentes deben acudir ante notario para acreditar la permanencia y singularidad de su relación.
  3. (...)
  4. Así, por los motivos que tendrá ocasión la Corte de exponer más adelante, y bajo aplicación del principio de interpretación pro homine se apartará de lo decidido por las Salas de Revisión de Tutelas de la Corte Constitucional en las sentencia T-1241 de 2008 y en la sentencia T-911 de 2009 y acogerá la interpretación efectuada por la Dirección General del Instituto Colombiano de Seguros Sociales, no sin antes aportar las razones de la decisión.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónGabriel Eduardo Mendoza Martelo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.